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Este canal de atención está dispuesto para recepcionar sus solicitudes y reportes de amenaza, inobservancia y vulneración de derechos a niños, niñas y adolescentes.  Razón por la cual a través de este medio deberá abstenerse de intercambiar, divulgar, trasmitir y/o exhibir material de actividad sexual que involucre persona menor de 18 años de edad, de acuerdo con lo mencionado en el Artículo 24 de la Ley 1336 de 2009, el cual modifica el artículo 218 de la Ley 599 de 2000: que menciona “El que fotografíe, filme, grabe, produzca, divulgue, ofrezca, venda, compre, posea, porte, almacene, trasmita o exhiba, por cualquier medio, para uso personal o intercambio, representaciones reales de actividad sexual que involucre persona menor de 18 años de edad, incurrirá en prisión de 10 a 20 años y multa de 150 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Igual pena se aplicará a quien alimente con pornografía infantil bases de datos de Internet, con o sin fines de lucro. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando el responsable sea integrante de la familia de la víctima."

Si requiere adjuntar alguna evidencia o soporte para su petición, el archivo deberá cumplir lo expuesto anteriormente y el tamaño de éste no deberá superar los 4 MegaBytes.

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